Casa por cárcel para Enzo Scarano
por su estado de salud
■ En 2014 se le acusó de incumplir con la orden de garantizar el libre tránsito.
Caracas.- En horas de la noche de este viernes el Tribunal Supremo de Justicia informó, a través de su cuenta en la red social Twitter, @NoticiasTSJ, que se acordó un “cambio de lugar de reclusión” para el ex alcalde de San Diego, estado Carabobo, Enzo Scarano.
Fue determinada la medida de casa por cárcel debido a su condición. “Un Juzgado de Ejecución acordó el cambio de reclusión del exalcalde del municipio San Diego del estado Carabobo, Vicencio Scarano, por razones de salud por cuanto debe ser sometido a una intervención quirúrgica de urgencia de acuerdo a la última evaluación médica”, destacó posteriormente el TSJ en su página web.
Un Juzgado de Ejecución acordó el cambio de reclusión del ex alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo, Enzo Scarano, por razones de salud por cuanto debe ser sometido a una intervención quirúrgica de urgencia de acuerdo a la última evaluación médica.
El tribunal impuso al sancionado, con apostamiento policial de funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, la obligación de presentar informe actualizado de su estado de salud; prohibición de realizar actos de proselitismo político; prohibición de dar declaraciones ante cualquier medio de comunicación social público o privado y prohibición de salida del país.
La decisión se fundamentó en informes médicos emanados del Hospital Militar Doctor Carlos Arvelo, que acreditan la situación de salud del sancionado, así como también en lo sostenido por el Director del Centro Nacional de Procesados Militares y en lo previsto en los artículos 2, 19, 83 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El mencionado Tribunal impuso al sancionado, un apostamiento policial de funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional.
Peticiones hechas por su esposa:
La ahora alcaldesa del municipio San Diego, Rosa de Scarano, denunció que el derecho a la salud y a la libertad de su esposo, ambos fundamentales para el ser humano, estaban en manos del Tribunal Séptimo de Ejecución de Caracas a cargo del juez Jesús Gamboa Salazar.
A su salida de la audiencia realizada el pasado miércoles 10 de diciembre de 2014, que se realizó en el Palacio de Justicia de Caracas, donde se sigue además un juicio por presunta violencia de género a Scarano, la alcaldesa explicó que el 7 de diciembre el director de la cárcel militar de Ramo Verde, Coronel Homero Miranda, le hizo entrega de una correspondencia en la que ofrecían respuesta por primera vez y por escrito a las solicitudes de informes médicos de Enzo Scarano.
Dijo que en dicha misiva le notifican que el referido centro de reclusión no entregará ningún tipo de resultados con respecto a la intervención quirúrgica ni nada relacionado con la salud de su esposo, bajo el alegato que tal información debía solicitarse ante el propio Tribunal Séptimo de Ejecución de Caracas.
Necesita operarse:
El abogado del ex mandatario aseguró que el pasado 14 de enero fue trasladado al Hospital Militar donde requirió de una intervención en su vejiga por problemas prostáticos.
El litigante indicó que Scarano necesita de una operación y su equipo de defensores pedirán al tribunal que el procedimiento lo realice los médicos de confianza.
Un Juzgado de Ejecución acordó:
El mencionado Tribunal impuso al sancionado, con apostamiento policial de funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, la obligación de:
1) presentar informe actualizado de su estado de salud.
2) prohibición de realizar actos de proselitismo político.
3) prohibición de dar declaraciones ante cualquier medio de comunicación social público o privado.
4) prohibición de salida del país.
La decisión se fundamentó en diversos informes médicos emanados del Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo, que acreditan la situación de salud del sancionado, así como también en lo sostenido por el Director del Centro Nacional de Procesados Militares y en lo previsto en los artículos 2, 19, 83 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por: Redacción
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Caracas, Viernes 16 de enero, 2015
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