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JUDICIAL: Bienes de acusados por delitos graves que huyan irán al Estado



La procuradora Flores ofreció ayer nuevos detalles de la reforma del COPP, cuyo texto íntegro no ha sido difundido oficialmente.

Tildan al nuevo COPP
de inconstitucional

 

Las propiedades y fondos que las autoridades incauten a los acusados de narcotráfico, de legitimación de capitales, de atentar contra el sistema financiero o contra el patrimonio público y de otros delitos graves pasarán de manera “inmediata y definitiva” a manos del Estado en caso de que los sospechosos se fuguen.

Esta es una de las novedades que incorpora la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) que elaboró y aprobó el Gobierno, informó ayer la procuradora general de la República, Cilia Flores, quien precisamente coordinó el equipo que modificó el instrumento que regula los pasos a seguir para investigar y sentar en el banquillo de los acusados a los señalados de infringir la ley.

“En el caso de los prófugos (acusados de) delitos graves no prescribe la acción y con respecto a los bienes incautados el Estado puede disponer de ellos inmediatamente y de manera definitiva porque se consideraran abandonados. Esta es una medida bien importante que se está tomando para que la persona que tenga que acudir al llamado de la justicia lo haga, sino que se atenga a las consecuencias”, agregó la responsable de asesorar al Ejecutivo a la hora de suscribir contratos internacionales.

La funcionaria le salió al paso a las críticas de quienes asegurar que la reforma del COPP vulnera principios constitucionales. “Se garantiza completamente el debido proceso, el derecho a la defensa y también se garantizan los derechos de la víctima, la víctima puede estar en todo momento presente en el proceso y solicitar información y sino quiere comparecer, porque muchas veces no quiere ni ver al victimario, entonces será el Ministerio Público el que lo represente”.

Esta opinión no la comparten ni el exmagistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Jorge Rosell; ni el exasesor de la Comisión de la Asamblea Nacional para la reforma del COPP, Fernando Fernández, para quienes la posibilidad de que un sospechoso pueda perder sus propiedades porque se fugó vulnera disposiciones constitucionales.

“Esta propuesta viola el principio de presunción de inocencia. Toda persona, aún el narcotraficante más grande del mundo, se presume inocente hasta que sea enjuiciada y condenada por un juez, solo allí se le pueden confiscar sus bienes”, afirmó Rosell, quien recordó que el primer derecho de todo imputado, acusado o preso es fugarse.

“La fuga o evasión no es delito según la ley venezolana, a menos que alguien salga herido o se produzca algún daño a un bien público”, recordó el exmagistrado.

En similares términos se pronunció Fernández, quien no dudó en calificar esta disposición como una “pena anticipada”.

El otrora asesor del Legislativo cuestionó que la procuradora Flores haya sido la que coordinó el equipo que reformó el COPP, pese a que su despacho “no litiga en juicios penales”; y agregó que “el proponente ha debido ser el Ministerio Público, el TSJ o la Defensa Pública y la Asamblea es la que ha debido analizar el proyecto, porque cualquier restricción a la libertad, que es el segundo valor más importante tras la vida, debe ser discutida y analizada ampliamente”.

Contrarreloj:

La Procuradora también anunció que la reforma del COPP ya fue enviada a la Sala Constitucional del TSJ para que ella determine si debe seguir considerándose como una ley orgánica o no. Sin embargo, al cierre de esta edición el texto no había sido recibido en el máximo juzgado, según informaron fuentes de ese organismo a El Universal.

Los magistrados deberán emitir su pronunciamiento en las próximas horas, pues el presidente Hugo Chávez tiene hasta el domingo para firmar el instrumento, debido a que ese día vence la Ley Habilitante que en diciembre de 2010 le otorgó la anterior AN.

ADIÓS ESCABINOS:

• La procuradora Flores anunció que la eliminación de la figura de los escabinos, ciudadanos llamados a decidir sobre la culpabilidad o inocencia de una persona enjuiciada junto a los jueces, ocurrirá tan pronto aparezca publicada en la Gaceta Oficial la reforma del COPP y justificó la medida diciendo que la misma retardaba los juicios.

• Pese a que los escabinos representan la máxima demostración de la participación ciudadana en el sistema de justicia, la funcionaria negó que su supresión implique la eliminación de la contraloría social y dijo que ésta “se puede ejercer perfectamente”. Sin embargo, no aclaró cómo


POR: JUAN FRANCISCO ALONSO
POLÍTICA | OPINIÓN
JUDICIALES | PSUV
EL UNIVERSAL
jueves 14 de junio de 2012