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Déficit de vivienda: El que alquila pierde

“El Gobierno transforma todo
en una confrontación…”

 

En Venezuela a partir de esta semana el que arriende una vivienda se expone a no poder disponer de su propiedad como mínimo en 3 años y si se le ocurre tener un arrendamiento a largo plazo, sencillamente estaría entregando su propiedad, pues esta semana también se inventaron una nueva forma de adquirir la propiedad, ya que luego de 20 años de arrendamiento, la ley establece que ellos tendrán el derecho a ser titulares de la vivienda. Será una nueva Superintendencia la que determine los precios de venta.

En un país en donde existe un déficit de vivienda abismal, el Gobierno propone una gran misión vivienda que desde su creación está incumpliendo (hasta ahora 58 mil viviendas de 260 mil correspondientes a 2011) y ahora las pocas viviendas que se ofrecen en alquiler seguramente desaparecerán luego de la aprobación de la nueva ley de arrendamiento.

Los venezolanos tenemos dos opciones para acceder a una vivienda, adquirirla a través de un crédito hipotecario o arrendarla. Los créditos hipotecarios son prácticamente inaccesibles debido a la inestabilidad del empleo venezolano que imposibilita a cumplir los requisitos para lograr la aprobación de un crédito y ahora arrendar será imposible, pues nadie arriesgará a entregar su propiedad a un inquilino que difícilmente podrá sacar.

Sin duda alguna los más afectados serán los jóvenes, quienes por razones obvias su primera opción de emancipación y vaya que ya es difícil es alquilar una vivienda, ya sea con su pareja con sus amigos o solo. Pero ante una ley que limitará la oferta menos podrán los jóvenes acceder a una vivienda.

Si una persona quería invertir en un inmueble y arrendarlo para recuperar la inversión, ahora tardará entre 20 y 30 años en recuperar la inversión, en el supuesto en que los cánones se ajusten debidamente, de lo contrario será imposible recuperar esa inversión.

Si un propietario lograra la proeza de obtener que por vía administrativa y luego judicial se ordene el desalojo del inquilino, éste no desalojará el inmueble hasta que la Superintendencia o el Ministerio de Vivienda les haya conseguido un refugio temporal o un destino habitacional definitivo.

Cabe destacar que, en el caso de la morosidad, si el inquilino presenta una causa justificada, el propietario no podrá pedir el desalojo.

Quienes celebran esta ley son personas que actualmente están beneficiadas por el mercado arrendaticio, pero no se enteran que gracias a esta ley cada vez serán menos las personas que puedan encontrar una vivienda en alquiler.

Este Gobierno pretende transformar todo en una confrontación, el arrendado y el arrendatario se necesitan el uno al otro para poder existir.


Por: JORDY ENRIQUE MONCADA CARTAYA
jordyenrique@gmail.com
@JordyMoncada
EL UNIVERSAL
viernes 18 de noviembre de 2011