“El gobierno no ha podido ni podrá con
la anarquía de los motorizados…”
No tiene la fuerza
En virtud de que el decreto reciente que pretendía regular las difíciles relaciones de los motorizados con el resto de los comunes mortales, fue tomado por los conductores de motos como si se tratara del famoso periódico aquel y lo enrollaron y se lo guardaron en el paltó verde oliva del gobierno revolucionario, esta instancia decide emitir una nueva normativa con el objeto de que se cumpla con efectos inmediatos a su publicación en Gaceta Oficial.
Primero. A partir de este momento los motorizados podrán circular por el canal de la autopista, avenida o calle que escojan sin más límite que sus propias vidas y la del resto de sus compatriotas revolucionarios.
Segundo. Los motorizados podrán usar las vías a la velocidad que les salga del paltó, en línea recta, en zigzag, en caballito, de cabeza sobre el asiento, sin que ninguna autoridad civil, policial, administrativa o militar pueda impedírselos.
Tercero. Un motorizado que se sienta molestado por otros conductores de peligrosos vehículos, que corra peligro o que lo miren feo, podrá actuar en consecuencia contra su victimario de la siguiente manera: rayar el carro con la punta del manubrio de su moto, pegarle con el casco al vidrio que tenga más cerca, darle una patada el retrovisor de su agresor, escupir al conductor, iniciar su ya conocido repertorio de insultos con inclusión de la tradicional mentada de madre y recordatorios innecesarios de ciertos juegos sexuales.
Cuarto. Queda permitida la circulación de motorizados a la velocidad que les provoque por las aceras y caminos peatonales. Los peatones irán por su cuenta y riesgo.
Quinto. No existe el sistema de flechado para los motorizados. Podrán circular en el sentido que mejor les convenga y sin límite de velocidad.
Sexto. Los motorizados podrán arrebatar carteras o lentes y solicitar la entrega, y a punta de pistola, de celulares, dinero y hasta zapatos si ese es su deseo. Podrán ejecutar actos de sicariato y de ajuste de cuentas sin más límites que su propio sentido común.
Séptimo. Los motorizados, en razón de este decreto, podrán violar semáforos y señales de pare. Se les agradece a conductores y peatones respetar la prioridad que se otorga al motorizado. Daños y perjuicios se presumirán siempre como culpa del peatón o de otros conductores involucrados.
Octavo. Los motorizados podrán circular en una sola moto con el número de personas que quieran. Pero deberán limitarse en lo posible a cuatro personas y tres niños unos encima de otros. No hace falta que usen casco. Igualmente podrán cargar bombonas de gas, cauchos, cajas de cerveza y hasta sacos de cemento.
Cúmplase. Claro que sí
Por: ELIDES J. ROJAS L.
erojas@eluniversal.com
@ejrl
EL UNIVERSAL
miércoles 12 de octubre de 2011