TSJ no se aceptarán fallos
que violen la Constitución
■ Briceño exigió a Escarrá se respete el estado de derecho.
■ Obudsman afirma que se debe acatar decisión sobre Leopoldo López.
■ Dijo que organismos internacionales deben respetar la soberanía nacional.
■ Presidenta del TSJ llama desestabilizadores a quienes buscan justicia en los organismos internacionales.
■ No puede ser que se soslaye la justicia venezolana e inmediatamente sea planteada afuera”, dijo en alusión a fallo de la Corte IDH sobre López.
■ La soberanía y la jurisdicción nacionales deben ser respetadas por las instancias internacionales, afirmó la magistrada Luisa Estella Morales, quien aseguró que Venezuela respeta los acuerdos internacionalesquehasuscrito.“
La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, señaló que Venezuela no puede aceptar la ejecución de sentencias que violen la Constitución Nacional y dijo que ningún convenio internacional invalida la acción del Estado, durante el programa “José Vicente Hoy” transmitido por Televen.
La presidenta del máximo tribunal cuestionó que venezolanos recurran a organismos internacionales a buscar justicia antes de agotar las instancias internas y dijo que ese tipo de acciones formaban parte de una campaña de desestabilización: “En Venezuela existen instrumentos para que se desarrollen las libertades y se resuelvan los problemas y cuando se recurre a los órganos internacionales, como queriendo provocar una reacción externa hacia nuestro país, indudablemente que existe una campaña de desestabilización. Los ataques van acompañados de acciones hacia afuera alegando que organismos internacionales deben tomar decisiones externas que los poderes públicos no hemos tomado”.
La soberanía nacional y la jurisdicción nacional, dijo la Magistrada, deben ser respetadas por los organismos internacionales.
“La capacidad de juzgar es la primera manifestación de soberanía que tiene un país. Por supuesto que somos respetuosos de los acuerdos internacionales que ha suscrito Venezuela siempre y cuando esos órganos internacionales respeten nuestra soberanía y nuestra jurisdicción. No puede ser que se soslaye la justicia venezolana e inmediatamente sea planteada afuera”, dijo Morales antes de criticar que en muchas de la denuncias que se hacen ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ni siquiera se constata si el Estado venezolano ha respondido.
La funcionaria insistió en que los convenios no invalidan la acción del Estado: “La interpretación damos a la norma es que esos acuerdos deben ser revisados por la Constitución (…) Venezuela no puede aceptar la ejecución de sentencias que violen nuestra Constitución”.
En los próximos días la Corte Interamericana de DDHH dará a conocer su fallo sobre la inhabilitación del dirigente Leopoldo López.
Sexto Poder:
Morales se refirió al caso de 6to Poder y expresó que éste debe “ser analizado desde un crisol político para determinar cuál fue la intención de producir la sensación de odio y descalificación a los poderes”. Señaló que “al manipular la figura de la autoridad pública para generar odio al colectivo, se está desestabilizando, porque se intenta desmejorar la figura de la autoridad (…) el límite de la crítica es el respeto”.
Obudsman afirma:
El Presidente del Capítulo Venezolano del Ombudsman, Gustavo Briceño Vivas, señaló que el designado Procurador General de la República, Carlos Escarrá, debe instar al Gobierno para que cumpla con la Constitución y el estado de derecho.
Briceño Vivas, quien es profesor universitario en Derechos Humanos, en una nota de prensa, explicó que en caso de que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CorteIDH) declare la sentencia de habilitación a favor del exalcalde Leopoldo López, “el Gobierno debe obedecer inmediatamente esa decisión proveniente de un Tribunal Internacional; de no hacerlo, el Estado venezolano estaría en situación de desacato público a una sentencia internacional de graves consecuencias para la República”.
En su opinión, el Estado venezolano podría ser catalogado como un gobierno forajido. “La Constitución venezolana, en su artículo 22, determina que los Tratados Internacionales son leyes cuando los firma el Estado Venezolano (Convención Americana de los Derechos Humanos), son de obligatoria aceptación para el Derecho interno, luego, una sentencia dictada por la CorteIDH de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades venezolanas”.
Recalcó que el Procurador Carlos Escarrá debe hacer un esfuerzo, en su condición como profesor de constitucional, de apartar su condición política e ideológica en beneficio de la democracia y del Estado de Derecho. “Su decisión es esperada por la comunidad jurídica. Le haría un flaco servicio a la República apoyar una desobediencia del Estado a una decisión de trascendencia en América Latina”.
Por: SARA CAROLINA DÍAZ
TSJ | EL UNIVERSAL
lunes 5 de septiembre de 2011
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