Ley que prohíbe la desocupación
de inmuebles deniega justicia
■ Propietarios pedirán a la AN derogarla.
■ Presentan demanda de nulidad contra Ley de Desalojos ante la Sala Constitucional del TSJ.
■ Según el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Roberto Orta, desde la entrada en vigencia del marco legal se ha incrementado la morosidad de los inquilinos.
Caracas.- La Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur) presentó ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) una demanda de nulidad contra la Ley que prohíbe los desolojos arbitrarios de las viviendas, y que está vigente desde el pasado mes de mayo.
El presidente de la organización, Roberto Orta, señaló que “esa acción es porque el marco legal produce la paralización de los desalojos ordenados y por ejecutar por los tribunales competentes”.
Explicó que desde la vigencia de la Ley contra los Desalojos Arbitrarios ha aumentado la morosidad, porque existen inquilinos que no están pagando y además se ha elevado la conflictividad entre propietarios y arrendatarios.
La cifra fue revelada por el presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta. Recordó que esta asociación demandó la nulidad del texto legal, aprobado vía Habilitante, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), por considerar que viola la autonomía del Poder Judicial y deniega la justicia inmobiliaria.
La norma cuestionada por Apiur fue publicada en la Gaceta Oficial 39.668 del 6 de mayo. Ésta señala que no se podrán efectuar medidas forzosas de desalojo, y en caso de que haya acuerdo para la desocupación, ésta podrá ejecutarse hasta 180 días después, pero sólo hasta que el Ministerio de Vivienda y Hábitat le garantice al afectado una vivienda alternativa.
Orta refiere que la Ley paralizó los juicios inquilinarios, de comodato, usufructos, interdictos posesorios y recuperación de inmueble invadidos, “al quedar suspendida la ejecución de las sentencias definitivas y dejando al poder judicial sin la posibilidad de ejecutar sus propias decisiones”.
Explicó que los desalojos por orden judicial no pueden ser calificados de arbitrarios, pues para su cumplimiento media un proceso legal. Incluso expresó que la situación en el sector se ha agravado, ya que la norma ha aumentado el incumplimiento contractual de los arrendatarios, mientras que muchos propietarios al no poder recuperar sus bienes son objeto de una “confiscación indirecta”.
Cerco en aumento
Apiur señaló que el mercado inmobiliario está fuertemente limitado por las regulaciones, pero ahora también supone la denegación de justicia en el caso de inquilinos morosos, ocupantes ilegales, usufructuarios o comodatarios.
Precisó que la norma obliga a crear oficinas para realizar los procesos conciliatorios entre propietarios e inquilinos, pero esto no se ha cumplido.
Orta anunció que propondrá este martes en la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, cuando se avance en la discusión de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la derogación de este decreto-ley, ya que “no tendría sentido incluir nuevas normas relativas a los desalojos, si el primer texto impide su aplicación”.
Dentro de ese marco, indicó que la instancia legislativa que debate la Ley de Alquileres retomará la discusión en el articulado que dictará la fórmula para fijar los arriendos. Dijo que se oponen a que sean calculados según los años de construcción de la vivienda, área (metraje del inmueble) y el costo de la tierra -si ésta pertenece al dueño del bien-, pero se obvien elementos de valía, como la ubicación.
El diputado del Partido Socialista Unido (Psuv) Claudio Farías, miembro de la comisión que debate esta ley, consideró que en la actualidad “se especula con el precio de la vivienda, ya sea por su dimensión, tamaño, estructura”, pero advirtió que se está aprobando un método que elimina el carácter mercantilista del inmueble.
Tasadores toman la palabra:
La Sociedad de Tasadores de Venezuela rechazó la fórmula para determinar el canon de alquiler que establece la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. El presidente de este gremio, José García Pereira, sostuvo que la metodología generará la “descompensación” del valor de los inmuebles, ya que el método “está incompleto”, porque excluye importes asociados a los costos de construcción, tal es el caso del valor de fabricación y de las tierras, según la ubicación. Cuestionó que sólo se consideren los años de antigüedad de la vivienda y su tamaño, obviando elementos que les agregan valor a los bienes en el mercado.
Por: Mayela Armas H.
VIVIENDA | POLITÍCA
EL UNIVERSAL
lunes 8 de agosto de 2011
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