Ejecutivo determinará los bienes
y servicios que se regularán
■ La superintendencia formulará criterios para la utilización de gastos, utilidades y capacidad de las compañías.
La Ley de Costos y Precios Justos publicada en Gaceta Oficial 39.717 da potestad al Gobierno de controlar la producción, importación y comercialización de todos los productos y servicios que considere prioritarios para garantizar el buen vivir de la población.
La lista de bienes y servicios que estarán sometidos a este sistema de control de precios y costos lo determinará la nueva Superintendencia Nacional del área en función del carácter estratégico y en beneficio de los ciudadanos, según el artículo 13 de esa ley.
Indica el texto que el nuevo Sistema Nacional Integrado de Costos y Precios establecerá los mecanismos de control previo a aquellas empresas cuyas ganancias son excesivas en proporción a las estructuras de costos de los bienes que producen y comercializan o servicios que presten. Mediante este mecanismo el Gobierno también identificará a los agentes económicos que fijen precios excesivos y establecerá criterios justos de intercambio.
La ley señala que se abarcarán rubros que ya tienen precios regulados y otros que consideren estratégicos. En este caso fijarán nuevos precios justos y bandas de precios máximos de venta al público. A través de la superintendencia el Ejecutivo formulará criterios para la utilización de métodos de gastos, de utilidades, de las capacidades instaladas y depuración de costos de las empresas, según el numeral 10 del artículo 31.
Queda prohibido que empresas o sectores considerados estratégicos fijen libremente precios y costos de los productos o servicios que ofrecen en el mercado. La ley advierte que aquellas empresas que aumenten los precios sin autorización de la Superintendencia Nacional del área serán sancionadas con multas de entre 15 y 30 salarios mínimos (21.112,05 bolívares y 42.224,1 bolívares, respectivamente). Además, se les cobrará 100% del monto total de los productos comercializados o los servicios que presten.
Las empresas están obligadas a informar y solicitar permiso al Gobierno cuando modifiquen costos de producción o precios. También se determinará que los productos exhiban etiquetas indicativas de que el monto fue calculado según el nuevo sistema.
Si el Gobierno fija precios y costos que las empresas consideran contrarios para su operatividad podrán solicitar una evaluación a la superintendencia. En este caso, el vicepresidente Elías Jaua indicó que están abiertos a la consulta, pero no admitirán que el sector empresarial imponga ganancias y precios.
Nuevas sanciones:
El artículo 46 de la Ley de Costos y Precios establece que serán sancionados con 10 y hasta 50 salarios mínimos (14.074,7 bolívares y 70.373 bolívares) a quienes vendan bienes o presten servicios con precios superiores a los que haya autorizado la superintendencia.
Se establece la ocupación temporal de las empresas, el decomiso de mercancía y el cierre temporal del negocio incluyendo la obligación de que el patrono pague a los empleados los salarios por los días en que hayan sido clausurados.
La exposición de motivos indica que en el país se han detectado abusos evidentes del poder monopólico en muchos sectores de la economía, que originan acumulación de capital con elevados márgenes de ganancia y alza constante de precios sin ninguna razón.
El vicepresidente Elías Jaua informó que rubros como hortalizas, verduras y frutas serán regulados por esta ley y, de ser necesario, los precios serán revisados mensual o trimestralmente según las condiciones de esos productos agrícolas.
Otro control más:
Con la nueva Ley de Costos y Precios, los sectores que producen rubros regulados como alimentos, medicamentos y otros estratégicos como vivienda y materiales de construcción; servicios de salud y educación tienen que cumplir más controles. En el caso de los alimentos, desde febrero de 2008 las agroindustrias, distribuidores y comercializadores tienen que registrarse en el sistema de control agroalimentario SICA, que emite guías para movilizar alimentos sometidos a control de precios; solicitar en el Ministerio de Agricultura permisos fitosanitarios y zoosanitarios, licencias de importación y presentar estructuras de costos.
También debe cumplir las cuotas de producción de rubros regulados que varían entre 70% y 90% según el producto.
Igualmente solicitan certificados de no producción o producción insuficiente para procesar divisas de importación de insumos y materia prima. Las agroindustrias están sometidas a constantes fiscalizaciones por el Seniat, Indepabis, la Superintendencia de Silos y ahora también por la superintendencia de costos y precios.
La ley cercena derecho de propiedad:
El Observatorio Económico del Centro de Divulgación del Conocimiento Económico advirtió que la Ley de Costos y Precios Justos interfiere en las competencias del BCV de mantener la estabilidad de los precios y crea otro cerco contra el derecho de propiedad.
Alicia Sepúlveda, coordinadora del observatorio afirma que con el Sistema Nacional Integrado que identificará agentes económicos que fijen precios excesivos, el Estado se convertirá en un Estado Policial y el principio constitucional de presunción de inocencia quedará derogado. “Se crea un nuevo ente burocrático para controlar la cadena de producción, comercialización y distribución de cualquier tipo de bien o servicio”.
Cedice cuestiona que se pretendan fijar los precios y estandarizar las estructuras de costos pues cada rubro y actividad tiene particularidades.
“Los precios son el resultado de una compleja interacción entre la oferta y la demanda”, agregó al denunciar que la ley condiciona la protección de la propiedad privada y pretende eliminar la libre iniciativa.
Carlos Fernández, presidente de Consecomercio, aseveró que esta ley no contribuirá a bajar la inflación, como tampoco lo hizo el Gobierno de Jaime Lusinchi con Conacopresa.
“La inflación llegó en esa oportunidad a 40%”. Para lograr bajar los precios es necesario estimular la producción local y aumentar la oferta. “En lugar de contener palabras como facilitar, impulsar e incentivar, la ley esta llena de términos como multas, sanciones, inhabilitaciones y clausuras. Así no se reactivará la economía”.
Por: KATIUSKA HERNÁNDEZ
khernandez@el-nacional.com
HABILITANTE | PARLAMENTO
Escasez | Economia
EL NACIONAL