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Thursday, November 21, 2024
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ENERGÍA: Ventas a Petrocaribe y China exentas del impuesto a ganancia súbita

La ley de la contribución especial distingue entre precios extraordinarios y exorbitantes del petróleo.

Tributo es confiscatorio
según firma Nomura

 

■ La contribución especial no se cobrará por exportaciones petroleras que sean para pagar acuerdos como Petrocaribe.

El nuevo impuesto a la ganancia súbita del sector petrolero o contribución especial entró en vigencia, derogó al que se venía aplicando desde hace tres años, y exime su cobro a las exportaciones que formen parte de convenios como los préstamos otorgados por China, que se pagan con el envío de crudo o combustibles; los de cooperación como Petrocaribe, que incluye ventas a crédito, o los de intercambio de bienes como los suscritos con Argentina, Cuba o Bielorrusia.

Implica que cerca de 500.000 barriles, aproximadamente 20% del volumen de exportación que reporta Petróleos de Venezuela, no pagará esta contribución especial, pero aun así el Gobierno ­con los actuales niveles del precio del crudo- espera recaudar 16 millardos de dólares este año y transferirlo en su totalidad al Fondo de Desarrollo Nacional, ratificó el ministro de Energía y Petróleo, Rafael Ramírez.

La legislación también exceptúa de este tributo a las empresas extranjeras, socias de Pdvsa, que se encuentran desarrollando nuevos proyectos para aumentar la producción de crudo. Pero la ley advierte que este beneficio fiscal sólo se mantendrá hasta que estas compañías recuperen su inversión.

Novedad e invención:

La ley elimina el crudo Brent como referencia y ahora se utiliza el promedio mensual que registra la cesta venezolana, y hace la distinción entre precios extraordinarios y exorbitantes en el mercado internacional de hidrocarburos.

El precio extraordinario es todo barril que se cotice entre el precio de referencia de la cesta venezolana que se fije en el presupuesto público de cada año (en 2011 es de 40 dólares por barril) y 70 dólares por barril, y para este caso la alícuota del impuesto será de 20% por la diferencia entre ambos valores.

El precio exorbitante es todo aquel ingreso facturado por encima de 70 dólares por barril o por la diferencia entre este nivel y valores superiores. En este caso se aplican tres tasas: 80% cuando el barril llegue a 90 dólares; 90% si está por encima de la anterior cotización e inferior a 100 dólares; y finalmente, se pechará con 95% para los casos en los que el barril supere los 100 dólares.

En un informe divulgado por la firma financiera japonesa Nomura se critica la aplicación de esta contribución en aquellas compañías que están operativas. “Este nuevo impuesto bordea la confiscación cuando los precios superan los 70 dólares y los socios minoritarios pudieran demorar la asignación de nuevos recursos para inversiones en Venezuela”, indicó Boris Segura, economista de Nomura.

Dragón destruye a Pdvsa:

“Hugo Chávez lleva a la ruina a su país”. La afirmación aparece en un artículo reciente de la revista Foreign Policy en la que el profesor Paul Bonicelli se refiere al libro Dragón en el Trópico, escrito en inglés por el venezolano Michael Penfold, como un texto de obligatoria referencia no sólo en Venezuela sino en América Latina.

“Es una lectura necesaria para aquellos que quieran entender que Chávez llegó al poder y por qué está haciendo lo que está haciendo, a pesar de las consecuencias no intencionadas de arruinar su bien más preciado como es la empresa petrolera nacional, Pdvsa”, indica el articulista Bonicelli aprovecha su escrito en Foreign Policy para referirse a esta nueva versión del impuesto a la ganancia súbita. “Chávez anunció otro impuesto para el sector petrolero para obtener recursos que irán a `un fondo social’ para luego ser distribuidos a su total discreción y sin ningún tipo de control o supervisión por parte de alguna autoridad”, señala.


Por: ANDRÉS ROJAS JIMÉNEZ
arojas@el-nacional.com
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