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Tribunal Supremo suspendió desalojos habitacionales

El TSJ instruyó a todos los jueces “con carácter de urgencia” para que restrinjan “todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble”

Suspendió desalojos aun existiendo
una sentencia definitiva del caso

 

Según información difundida por el Diario Ciudad Caracas, la magistrada Luisa Estella Morales ordenó a los tribunales la suspensión temporal de las ejecuciones de desalojos contra inquilinos, sustentadas o no, en espera de un Decreto Ley prometido por el Presidente Chávez.
La decisión, indicaría un comunicado de prensa suscrito por el Tribunal Supremo de Justicia, es de carácter temporal, pues los magistrados reunidos en la Comisión Judicial que sesionó este sábado aguarda a que el Presidente de la República dicte un Decreto Ley para regular en qué condiciones podrán ser ejecutadas medidas de desalojo a familias alquiladas, con el fin de impedir su “desalojo arbitrario”. La medida, aseguró el Primer Mandatario, se tomaría en el marco de la emergencia habitacional tras una severa temporada de lluvias que dejó sin techo a decenas de miles de venezolanos.

La medida, según el texto publicado por el diario de la Alcaldía de Caracas, no paraliza los juicios que ya estén siendo atendidos por los tribunales, pero impide a los jueces ejecutores ordenar a los cuerpos del orden público acceder a los inmuebles para garantizar su entrega a los propietarios.

El Presidente Chávez anunció su intención de legislar sobre la materia “en pocas semanas” el pasado 8 de enero, tras escuchar las peticiones de Ana Marina Rodríguez, vocera de Red Metropolitana de Inquilinos, una de las agrupaciones de inquilinos organizados que solicitan, desde hace meses, una medida de esta naturaleza, denunciando el carácter agresivo del proceso de desalojo y una supuesta complacencia de algunos jueces hacia propietarios a los que calificaron de “latifundistas urbanos”.

A continuación el texto publicado por Ciudad Caracas:

Mediante un comunicado, suscrito por la presidenta del máximo tribunal Luisa Estella Morales, se expresa que “la medida no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas”, y argumenta que la decisión se toma sobre la base a la declaratoria de emergencia nacional mediante decreto presidencial en virtud de los daños ocasionados por las lluvias en las últimas semanas de 2010. El texto, dice: “De conformidad con lo aprobado por la Comisión Judicial en su sesión ordinaria del día de hoy (ayer), vista la declaratoria de Emergencia Nacional mediante Decreto Presidencial en virtud de las calamidades y desastres naturales generados por las lluvias en todo el territorio nacional, cumplo con informarle que debe instruir con carácter de urgencia a todos los jueces y juezas de su Circunscripción Judicial respectiva, y con mayor énfasis a los Jueces Ejecutores de Medidas sobre la limitación temporal de toda práctica de medida judicial de carácter ejecutivo o cautelar que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación.

La aludida restricción temporal abarca a todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la pérdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva.

La presente decisión sobre las medidas ejecutivas o cautelares no significará la paralización de las causas en curso, ni alterará la suerte de las sentencias pasadas con fuerza de cosa juzgada.

“Procédase a realizar la presente instrucción bajo apercibimiento, en el entendido que su inobservancia por parte de los jueces o juezas será causal de las sanciones correspondientes. Participación que se hace a los fines consiguientes”, expresa el texto enviado por el Tribunal Supremo de Justicia.  




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