Infractor será castigado con
prisión de “ocho a dieciséis años”
“Cualquiera que indebidamente y con perjuicio para la República, haya revelado secretos concernientes a la seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, bien sea comunicando o publicando los documentos, u otras informaciones concernientes al sistema, será castigado con prisión de ocho a dieciséis años”.
Así reza el artículo 108 de la recién aprobada Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico.
4.254 kilovatios hora es el consumo percápita de Venezuela, el mayor de la región. 23.154 MW es la capacidad instalada de generación nominal actual del país.
Sin embargo, se desconocen los alcances reales de este artículo cuando se emplea la palabra “cualquiera”. No está claro si se refiere a “cualquier empleado del sector”, o si se hará extensible a quienes hagan uso final de la información filtrada, como pudiera ocurrir con los medios de comunicación.
Por su parte, el artículo 109 del instrumento legal, dice textual que: “Quien de manera intencional ocasione la interrupción del servicio eléctrico en todo o en parte del territorio nacional, será penado o penada con prisión de cuatro a ocho años”.
Según abogados consultados esta es una demostración más de la coacción y del componente político que se le ha impreso a la legislación en materia eléctrica. “La ley eléctrica aprobada tiene un factor fundamental y primariamente político más que técnico, por lo que su aplicación podría dar al traste con las buenas intenciones que podrían estar detrás de ella”.
Analistas señalan que con este artículo el Gobierno se adelanta a cualquier posibilidad o intento de huelga dentro del propio sector. “Se espera que con esto los trabajadores se abstengan de promover paros o protestas”, comenta el analista.
Mar de contradicciones:
La ley está repleta de contradicciones, dice el experto.
El instrumento hace alusión a la necesidad de alcanzar sustentabilidad económica y financiera, que implica necesariamente la cobertura de costos y gastos como en los principios capitalistas.
En primer lugar el modelo de gestión socialista que se toma como bandera dentro del esquema que intentan aplicar, se convierte en un dilema cuando se habla de sustentabilidad. “Este es un verdadero problema conceptual que habría que resolver”, comenta la fuente.
Y en segundo lugar, se formula la pregunta de cómo se resolverá dentro del tema de la sustentabilidad financiera, que se pretende alcanzar, el hecho de que el primer moroso con el sector eléctrico es el Estado.
Pese a que la ley establece la fijación de tarifas, el Ejecutivo Nacional ha insistido que mientras el Sistema Eléctrico Nacional (SEN) no esté en capacidad de brindar un servicio óptimo y adecuado para ejercer un cobro mayor de la electricidad, no se moverá el actual esquema tarifario.
Como se recordará los cánones eléctricos fueron congelados desde hace ocho años, mientras los costos y gastos para mantener en pie el servicio fueron creciendo de manera sustancial, entre ellos las nóminas de las filiales una vez estatizado completamente el sector.
Para analistas del entorno, esperar que el servicio llegue a niveles óptimos para iniciar un cobro mayor pudiera no darse en el corto plazo, toda vez que las inversiones que se requieren para lograrlo son elevadas y de larga duración. “Esta situación pudiera considerarse un círculo vicioso, pero el Gobierno no lo ve así, pues el componente político salta nuevamente a la palestra”.
Un elemento positivo y rescatable que contempla la ley en materia tarifaria, es que a través de alicientes intenta reducir al menos el despilfarro energético que ha caracterizado a los venezolanos. “El esquema de tarifas contendrá incentivos que estimulen el uso eficiente de la energía eléctrica”, reza la ley. Los analistas sin embargo, señalan que la definición de los parámetros tanto de subsidios como de incentivos deben ser racionales, si se quiere llegar a la sustentabilidad que establece la ley.
Empresas mixtas:
Entre los elementos que llaman la atención está la posibilidad de que empresas privadas puedan hacer sociedades con el Gobierno 60%-40% para la construcción de obras, producción y suministro de bienes y servicios que sirvan de insumos a las actividades del sector.
Sin embargo, analistas señalan que la idea de que el Estado se reserve el control de las decisiones y operaciones de las empresas al mantener una participación no menor del 60% de su capital social, es un plomo en el ala que las compañías privadas difícilmente estarán en disposición de asumir.
“Si el privado no puede tomar las decisiones para definir sus necesidades de inversión, no pondrá su capital a correr riesgos”, puntualizó el profesor y analista del sector eléctrico, José Manuel Aller.
Energía para compartir:
El intercambio de electricidad a los países vecinos estará signado, según la ley, por las relaciones geopolíticas que el Gobierno ha definido en su modelo de acción en todos los órdenes relativos a la integración.
Este elemento se introduce en la ley en el artículo 5 titulado “Principios rectores para la prestación del servicio eléctrico. La prestación del servicio eléctrico se rige bajo los siguientes principios”. El ítem 4 contempla la integración geopolítica como uno de esos principios rectores.
Se preguntan analistas qué ocurrirá entonces con las relaciones colombo-venezolanas en materia eléctrica. “¿Será sometida a la evaluación política que el Gobierno determine, sin importar que entre Colombia y Venezuela el intercambio de electricidad tiene más de 35 años?”.
Megavatios expropiables:
La ley reitera que los privados que empleen de dos megavatios en adelante podrán solicitar al Ministerio de Energía Eléctrica la instalación de plantas para la autogeneración. Sin embargo, estos sistemas deberán estar a disposición del Estado cuando éste lo requiera.
El punto que señala el académico, José Manuel Aller, es que estos equipos, que no son más que plantas de generación distribuida, son muy difíciles de interconectar a la red nacional. Sostiene que la incorporación de estos equipos al Sistema Interconectado Nacional (SIN) suele ser más costoso que la propia planta.
La administración de estos aparatos generadores es compleja. Son centrales muy pequeñas y dispersas, que además no pueden operar de manera continua. “El sistema no está pensado para cosas así, sino para grandes bloques de energía interconectados en ciertos puntos”, asegura Aller.
La conclusión final de algunos conocedores del tema es que la nueva ley eléctrica se hace de todos los hilos del sector, bien sean determinantes o no para la prestación del servicio, lo que hace descansar sobre el Estado toda responsabilidad en torno al cumplimiento efectivo o no del servicio.
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