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GUSTAVO AZÓCAR: La gran plasta del TSJ



Los Juristas del Horror

El Calabozo de la Libertad


 

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, controlada por completo por magistrados afectos al oficialismo, le acaba de ofrecer a los venezolanos, y al mundo entero, una nueva demostración de que en este país la justicia no existe.

Lo ocurrido hace unas pocas horas en el TSJ es digno de un nuevo capítulo del famoso libro Los Juristas del Horror de Ingo Muller. El TSJ informó en un comunicado difundido el pasado 23 de abril que “la Sala Constitucional interpretó el artículo 68 de la Constitución que dispone en su primera parte que los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley”.

Según los flamantes magistrados de la Sala Constitucional, nombrados por una AN controlada por el PSUV, “ese derecho político (el de manifestar) no es absoluto y, por ende, admite restricciones para su ejercicio conforme a las previsiones de Ley”.

Es importante recordar que el artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prohíbe el uso de armas de fuego y gases tóxicos para reprimir manifestaciones pacíficas, pero extrañamente, los magistrados del TSJ que “interpretaron” el artículo no se pronunciaron sobre ese aspecto, a pesar de que organizaciones no gubernamentales han denunciado el uso indiscriminado de bombas lacrimógenas (la mayoría de ellas vencidas) para atacar a los manifestantes.

Hay quienes han denunciado, aun cuando todavía no ha sido comprobado, la utilización de gas pimienta y gas mostaza para dispersar las manifestaciones pacíficas. Estudiantes y vecinos de zonas residenciales de Caracas, San Cristóbal, Maracaibo y Valencia han denunciado la utilización de un extraño y misterioso gas rojo (anteayer apareció un gas de color verde) que de acuerdo con algunas investigaciones es altamente tóxico y puede causar secuelas en las personas que lo inhalan.

Los juristas del horror de la Sala Constitucional nada dijeron con relación a ese tema tan importante que también forma parte del texto del artículo 68 de la Constitución, lo cual quiere decir, simple y llanamente, que la supuesta “interpretación” fue chucuta, y ajustada única y exclusivamente a lo que el gobierno del ilegítimo de Nicolás Maduro y sus asesores cubanos querían: impedir que continúen las manifestaciones pacíficas que se vienen llevando a cabo en gran parte de Venezuela.

Hay denuncias sobre la utilización de armas de fuego de alto calibre por parte de funcionarios de organismos de seguridad y de grupos violentos afectos al oficialismo, como los denominados “Colectivos de Paz” o los Tupamaros, pero extrañamente los juristas del horror del TSJ tampoco se pronunciaron. Pareciera que los magistrados de la Sala Constitucional no “interpretaron” que gracias a esas armas fueron asesinadas 41 personas durante las manifestaciones que se llevan a cabo en Venezuela desde el pasado 4 de febrero y que más de 650 han resultado heridas.

La sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, en torno al artículo 68 de la CRBV, señala que “resulta obligatorio para las organizaciones políticas así como para todos los ciudadanos, agotar el procedimiento administrativo de autorización ante la primera autoridad civil de la jurisdicción correspondiente, para poder ejercer cabalmente su derecho constitucional a la manifestación pacífica”.

El tribunal indicó que la autoridad competente en la jurisdicción en la que se desee ejercer el derecho a la manifestación “no se encuentra limitada a los términos en que se efectúe la solicitud, pudiendo modificarla en caso de acordarla o autorizarla en cuanto a la indicación del lugar y momento escogido”.

“Cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales, (…) actúen dispersándola con el uso de los mecanismos más adecuados para ello”, señaló el TSJ.

Es una forma caricaturesca de ver la democracia: los trabajadores de Alcaldías y Gobernaciones, asediados y acosados por bajos salarios y por pésimas condiciones laborales, podrán manifestar contra su patrono, pero primero tendrán que pedirle permiso a su patrono.

En mi modesta opinión, y ojalá no se molesten los magistrados de la Sala Constitucional, esta decisión es una plasta. El 17 de junio de 2002, Hugo Chávez Frías, presidente constitucional de la república bolivariana de Venezuela, dijo, con relación a una sentencia del TSJ sobre los hechos de abril de 2002, lo siguiente: “Así lo digo ante el mundo, esos 11 magistrados que votaron a favor de esa decisión, no tienen ningún tipo de moral para tomar ninguna otra decisión. No tienen moral. Son unos inmorales. Y creo que habrá que publicar un libro con sus rostros. Con sus caras para que el pueblo vea quienes son porque además se fueron de vacaciones. Ellos pusieron la plasta que pusieron y se fueron de vacaciones. Porque lo que pusieron fue una plasta”.

Sobre la sentencia del TSJ en torno al artículo 68, pienso lo mismo que Chávez: esto es una plasta.

 

*Gustavo Azócar, Profesor universitario (ULA Tàchira), escritor y periodista en el estado occidental venezolano del Táchira; Consultor Politico y Conferencista internacional.

Por: Gustavo Azócar A.
@GustavoAzocarA
elnegroazocar@gmail.com
Politica | Opinión
San Cristóbal, 26 de abril de 2014

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