Proyecto de Ley que regula la compra y venta
de vehículos nacionales e importados
■ Control al precio de los carros amenaza con afectar a la banca.
■ Carros de Bs. 160.000 bolívares, se vende en montos que oscila entre los Bs. 500.000 y 600.000
El Proyecto de Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados Nacionales e Importados, está orientado a eliminar la cadena de comercialización mediante la cual se estafa a los usuarios en la adquisición de estos bienes, afirmó el presidente de la Comisión Permanente de Política Interior de la Asamblea Nacional, Elvis Amoroso.
El parlamentario indicó que la entrada en vigencia del instrumento legal no afectará la producción de vehículos que se desarrolla en la actualidad, tal como lo han asegurado algunas empresas privadas de comunicación.
“Es falso que no habrá más vehículos, y que los que sean ensamblados serán acaparados, pero si esto ocurre tendremos la sanción allí, porque la industria que fabrica e importa no será afectada por la nueva Ley”, precisó el parlamentario.
El diputado recordó que las ensambladoras tienen un convenio con el Ejecutivo para producir determinado número de vehículos, y para llevar a cabo sus operaciones reciben divisas a una tasa de cambio de 4,30 bolívares por dólar.
Explicó que la legislación, que fue aprobada por unanimidad en primera discusión el pasado martes, “incluye una estructura de costos que tiene un precio máximo sugerido por la ensambladora, y que es el precio máximo en que vehículo automotor (carro, moto o autobús) se podrá vender al público”.
Medidas de protección:
El legislador destacó que el Proyecto de Ley surge por el clamor de los venezolanos, que piden combatir las prácticas de estafa de los concesionarios, que aplican un modus operandi para aumentar el valor real de los vehículos.
Indicó que en la AN se han recibido más de 10 mil 000 denuncias de personas que se sienten afectadas y han sido estafadas por las agencias autorizadas para la venta de automóviles.
Amoroso reveló que los dueños de los concesionarios utilizan terrenos baldíos y estacionamientos para depositar los vehículos y acapararlos, con el propósito de hacerle creer al público que hay falta de inventarios.
“Hablan mal del Gobierno y dicen que no se le dan los dólares cuando no tienen nada que ver con dólares, y proceden a darle una tarjeta al cliente con el lugar en donde puede encontrar el vehículo, con tan sólo pagar una comisión o vacuna, por lo que terminan pagando un 400% por encima del precio del vehículo”, expuso.
Agregó que la legislación le otorga a la potestad al comprador de elegir el sitio donde adquirir los accesorios para su vehículo y la compañía para asegurarlo.
El diputado resaltó que el artículo 5 de la referida norma establece que la creación de una comisión mixta integrada por las ensambladoras, importadoras, el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) y el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), que tendrá la función de precisar los precios máximos sugeridos, y que se fijarán tomando en consideración las divisas otorgadas a la industria automotriz, los costos operativos, tributos y márgenes de ganancias para los concesionarios.
Carros usados a precios justos:
El Proyecto de Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Nuevos y Usados Nacionales e Importados, que entrará en segunda discusión en los próximos días, regulará también la venta de vehículos usados. El diputado indicó que el Estado velará para que no se revendan a precios por encima de un automóvil nuevo.
“Un vehículo usado nunca jamás se va poder vender por encima de un carro del año con esta nueva Ley”, afirmó Amoroso, tras explicar que para evitar las ventas con sobreprecio, las notarías no podrán oficializar ninguna transacción en la que el valor del carro supere al máximo sugerido por la comisión mixta.
Para un mayor control, estas instituciones deberán informar cada seis meses al Indepabis acerca de las transacciones que se registren, especificando los datos del comprador, vendedor y precio.
Asimismo, hizo mención a los portales web que anuncian compra y venta de vehículos, y que en muchos casos ofrecen los automóviles a un precio que cuatruplica el que se consigue en las agencias autorizadas.
“Por ejemplo, un auto modelo Aveo, que tienen un precio promedio de 160.000 bolívares, se vende en los portales web a un monto que oscila entre los 500.000 y 600.000 bolívares”, acotó.
Indicó que se prevén sanciones para las páginas web que especulen con los precios, las cuales comprenden desde suspensiones y hasta el cierre definitivo de los portales.
“Aquí en Venezuela los encargados de ponerle el precio a los vehículos ya no serán las páginas web”, sentenció.
Seguros a montos reales:
Elvis Amoroso informó que la nueva ley regulará los seguros de los vehículos, en vista de que las empresas aseguradoras también incurren en estafas al consumidor, al obligarlo a adquirir una determinada póliza por un precio superior al del carro.
El parlamentario aseveró que la aplicación del instrumento legal impedirá que las aseguradoras coloquen pólizas de automóviles por encima del precio razonable establecido.
“Ya no se podrá asegurar un vehículo que tiene uno o dos años a un precio superior al que se encuentra uno nuevo, que se oferta en el mercado. Ya no se podrá asegurar un vehículo que cueste 180.000 bolívares a más de 300.000”, indicó.
La banca:
Si el proyecto de ley que regulará el precio de los vehículos supera la segunda discusión en la Asamblea Nacional (AN) sin modificaciones, las empresas que venden los carros y los bancos tendrían que devolver parte del dinero obtenido.
El mercado venezolano funciona de la siguiente manera. La empresa que ensambla el carro en el país o lo importa coloca un “precio sugerido” y lo entrega a concesionarios o compañías que venden el auto. En algunos casos la venta ha sido a un precio superior.
¿Qué dice el proyecto de ley? En su artículo 31 establece que “las comercializadoras (incluyendo en este concepto a todo tipo de empresas que venden autos) que hayan realizado operaciones de compra y venta de vehículos por encima del precio de venta sugerido, están en la obligación de devolver a los compradores las cantidades cobradas en exceso en un lapso de seis meses”.
El proyecto no establece desde qué fecha comenzará a operar este mecanismo retroactivo pero es evidente que pondría en marcha una cadena de eventos que impactará a las entidades financieras que han otorgado créditos para la compra.
El concesionario devolvería el dinero al comprador, pero a su vez este comprador tiene una deuda con la banca porque, como ocurre en la mayoría de los casos, solicitó un crédito para cancelarle al concesionario. ¿La ley lo obligará a pagar el crédito recibido originalmente o exigirá que el monto del préstamo también se ajuste al precio sugerido?
Todo indica que desde la óptica de los diputados que promueven el proyecto de ley el público ha pagado más por los carros y probablemente los préstamos concedidos por los bancos tengan que ajustarse al precio sugerido por las ensambladoras y el cliente quede eximido de pagar el resto del crédito.
Hay más. Los clientes han cancelado una tasa de interés por el orden de 22% calculada sobre el monto del préstamo original. ¿Los bancos tendrán que devolver parte de los intereses cobrados al cliente?
Preocupación:
Los distintos gremios del sector automotor continúan analizando el texto presentado por el parlamentario Elvis Amoroso y esperan ser convocados por la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional para discutir el proyecto legal.
Sin embargo, fuentes consultadas coinciden que sería perjudicial que se apruebe la idea de que los concesionarios que incumplieron los precios sugeridos deban devolver el “excedente” a los compradores.
“Si aplican la ley de forma retroactiva eso va a tener un impacto catastrófico en los concesionarios formales, pero seguirían sin atacar el problema de los vendedores informales”, dijo un empresario, que prefirió el anonimato.
Asimismo, destacó que una disposición de ese tipo sería violatoria de la Constitución nacional, ya que en el artículo 24 de la Carta Magna se prohíbe expresamente la retroactividad de las leyes.
“El artículo declara que se cometieron ilícitos no tipificados en las leyes, y además está dictando sentencia con consecuencias confiscatorias”, dijo la fuente consultada a propósito del artículo 31 del proyecto de ley elaborado por Elvis Amoroso.
Por: VÍCTOR SALMERÓN
ROBERTO DENIZ
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EL UNIVERSAL
viernes 25 de enero de 2013