Falleció la Juez Ninoska
Queipo por una infección
■ La magistrada que declaró procedente la extradición de Nixon Moreno.
■ La magistrada convalecía desde el mes de septiembre por una infección que contrajo al someterse a una cirugía estética.
La presidenta de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, magistrada Ninoska Queipo, falleció este jueves en Caracas, luego de una larga batalla y rumores sobre su estado de salud.
La información fue confirmada por el Hospital de Clínicas Caracas y luego por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en un comunicado. La magistrada sufrió una infección tras someterse a una cirugía cosmética (liposucción). Desde el pasado mes de septiembre vienen circulando rumores sobre la gravedad de su estado de salud.
En una nota de prensa, el (TSJ) calificó a Queipo como una “ejemplar mujer; trabajadora, honesta y compañera de labores”.
“Trabajadores y trabajadoras del Poder Judicial venezolano se unen al duelo que embarga a la familia Queipo Briceño ante la pérdida de tan ejemplar mujer”, señala.
La magistrada fallecida era originaria de Maracaibo, donde se desempeñó como docente en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia (LUZ). También fue investigadora en el Instituto de Criminología “Lolita Aniyar de Castro” de esa misma Casa de Estudios.
La magistrada Ninoska Queipo Briceño, era abogada egresada de la Universidad del Zulia (LUZ 1993). Magíster en Ciencias Penales y Criminológicas (LUZ 1995) y Doctora en Derecho (LUZ 2001). Experta en Derecho Internacional Humanitario, estudiosa del tema de los Derechos Humanos y Género; entre otros estudios.
Entre su desempeño también destaca su labor como Jueza Titular de Primera Instancia en el Circuito Judicial Penal del estado Zulia, durante el período comprendido entre los años 2002 y 2007, año éste en el cual pasó a ser Jueza Provisoria de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, luego de lo cual fue designada en septiembre 2010, como Jueza de la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
La magistrada pidio extradición de Nixon Moreno:
La Sala de Casación Penal con ponencia de su presidenta, magistrada Ninoska Queipo Briceño, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano Nixon Moreno Merchán, a la República de Panamá.
La Sala del Máximo Juzgado venezolano en su sentencia asume el firme compromiso ante el gobierno de Panamá, que Nixon Moreno será procesado por la presunta comisión de los delitos de homicidio intencional simple en grado de frustración, intimidación pública, actos lascivos violentos y lesiones personales intencionales genéricas y leves, con las debidas garantías constitucionales, procesales penales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estipuladas en los artículos 19 (principio de no discriminación), 45 (prohibición a la desaparición forzada de personas), 49 (debido proceso) y 46 numeral 1 (derecho a la integridad física, psíquica, moral y a la prohibición de ser sometido a penas infamantes, tortura o trato cruel e inhumano).
Indica la sentencia de la Sala de Casación Penal, entre otros aspectos, que la solicitud de extradición se fundamentó en la orden de aprehensión decretada contra Nixon Moreno, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, de fecha17 de julio de 2006; por lo que encontrándose el referido ciudadano en condición de procesado es procedente la solicitud de extradición requerida, pues conforme al criterio expuesto por la Sala de Casación Penal en anteriores decisiones la extradición también procede respecto de personas procesadas.
Agrega la sentencia que Moreno actualmente se encuentra sustraído del proceso penal seguido en su contra, pues ha salido del territorio nacional y se tiene noticias que está en la República de Panamá, por lo que resulta necesaria la comparecencia del solicitado en extradición, a los fines de someterlo a la jurisdicción de los tribunales penales ordinarios venezolanos.
Señala la Sala de Casación Penal que luego del análisis de la documentación que consta en el expediente, además de verificarse todos los requisitos de procedencia, también se cumple con los principios generales que regulan la institución de la extradición, a nivel del Derecho Interno y del Derecho Internacional.
Por: Redacción
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EL NACIONAL
JUEVES 11 DE OCTUBRE DE 2012