Chávez la promulgará
antes del 1° de mayo
■ El contenido se conocerá públicamente el 2 de mayo, afirmó el experto laboral Antonio Espinoza Prieto
El presidente Hugo Chávez redacta el texto definitivo con el articulado correspondiente de la nueva Ley Orgánica del Trabajo en La Habana, Cuba, luego de recibir el fin de semana el documento final de la comisión presidencial con las recomendaciones sobre el posible contenido de la legislación.
El abogado laboral Antonio Espinoza Prieto, integrante de la instancia presidencial, declaró que el canciller Nicolás Maduro llevó el informe al mandatario para elaborar el texto de la ley, en cuya redacción lo asisten el consultor jurídico de la Presidencia de la República y la Procuraduría, entre otros funcionarios de alto nivel.
El experto dijo que el presidente Chávez promulgará la ley el 29 o 30 del presente mes (domingo y lunes próximos) y que el decreto con el texto legal estará en la Gaceta Oficial del 1º de mayo, por lo que los venezolanos conocerán su contenido al día siguiente, cuando circule la Gaceta. Espinoza aclaró que el cometido de la comisión presidencial no era elaborar y redactar la Ley Orgánica del Trabajo, como se ha señalado, sino desarrollar los 20 puntos que el Presidente ordenó fueran incluidos en la nueva legislación y que incluyen lo relativo a la retroactividad de las prestaciones sociales, la reducción de la jornada, la estabilidad laboral y los consejos de trabajadores, entre otros.
Espinoza agregó que la comisión trabajó arduamente y analizó miles de propuestas de diferentes sectores en la redacción de los borradores sobre la nueva ley. “De todas maneras, todo esto está al criterio del presidente Chávez”, precisó.
Destacó que la entrada en vigencia de la legislación es a partir del martes 1º de mayo, por lo que a los empleadores no les será difícil hacer el nuevo cálculo de las prestaciones sociales retroactivas con base en el último salario del trabajador a partir de esa fecha-.
Además se incluye el sistema de la ley actual que ordena el depósito de cinco días de salario al mes por año, más dos días adicionales a partir del segundo año de servicio.
Con relación al cálculo para los despidos injustificados, explicó que los patronos pagarán la liquidación doble además de un mes por año por concepto de la antigüedad total del trabajador en la empresa o institución del Estado.
Otros puntos:
En cuanto a la jornada laboral, Espinoza refirió que su propuesta de reducir la jornada diurna a 35 horas semanales no estará en el texto porque la de 36 horas a la semana quedó fuera, ya que el presidente Chávez consideró que no era conveniente.
Agregó que en la comisión se llegó al consenso de ir a la disminución gradual de la jornada diurna de las actuales 44 horas a la semana a entre 40 y 42 horas semanales con la posibilidad de eliminar “el sábado inglés”, consistente en trabajar unas horas ese día, y establecer la jornada de lunes a viernes.
Sobre el fondo nacional de las prestaciones sociales para el sector público y privado bajo la administración del Estado, que el presidente Chávez anunció hace dos semanas, el experto recordó que propuso la instauración de ese mecanismo en 1969.
A su juicio, si convierten en opcional la participación del trabajador con el dinero generado por sus prestaciones sociales no se trata de un fondo público sino de otra figura o mecanismo de ahorro.
Espinoza sostuvo que el derecho a huelga se mantiene con algunas especificaciones de la Ley Orgánica del Trabajo actual porque se trata de un derecho fundamental consagrado por la Constitución y la Organización Internacional del Trabajo.
Aclaró, sin embargo, que cuando el conflicto involucra servicios públicos como salud, electricidad, hidrocarburos, entre otros, se establecerán las condiciones para no interrumpir la prestación del servicio o atención a la población. “La huelga es un instrumento de presión y de fuerza, pero nunca debe afectar la paralización de servicios fundamentales para la población”, dijo.
Acerca de los consejos de trabajadores expresó que hay consenso de que su papel es encargarse de la gestión de la empresa y que los representantes son electos por la base.
Aseveró que no entorpecerá la tarea de los sindicatos, pues ellos mantienen sus funciones de de carácter reivindicativo como discutir los contratos colectivos y la defensa de otros derechos del trabajo.
Sector informal es incluido en el IVSS:
Con la reforma de la Ley del Seguro Social, el presidente Hugo Chávez cumple la promesa de incluir a los trabajadores informales en la seguridad social y que con la legislación vigente no pueden cotizar al sistema, informó Carlos Sainz Muñoz de la comisión presidencial de la Ley Orgánica del Trabajo.
Sainz dijo que en línea con la Constitución, la nueva ley agrega en la definición de trabajador a las amas de casa, a los trabajadores informales y por cuenta propia, que representan más de 5 millones de personas. Precisó que la comisión incorporó el pago de una bonificación de fin de año, a cuenta de la seguridad social, para estos trabajadores.
Vicente Carías, directivo de la Federación de Trabajadores No Dependientes, señaló que no está claro el monto por pagar al Instituto Nacional de los Seguros Sociales, pues la cotización de los informales no puede ser igual al sector formal, donde el patrono pone dos tercios del aporte.
Carías sugiere que el Estado cancele las dos terceras partes de la cotización y el trabajador informal el resto.
Agregó que esperan que el anuncio presidencial no sea una promesa electoral como en la reforma constitucional del 2-D.
Por: ANA DÍAZ
anadiaz@el-nacional.com
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MARTES 24 DE ABRIL DE 2012