El propietario pierde libertad de vender sin antes someter la acción
a la consideración de los ocupantes (…) léase inquilinos.
Régimen de Propiedad Horizontal
A juicio del abogado Domingo Antonio Sosa, los más afectados con la aprobación de la reforma a la Ley de Arrendamiento Inmobiliario (conocida como Ley de Inquilinato) son los propietarios, por cuanto se elimina la libertad de venta y se le otorgan más derechos a los ocupantes de un inmueble.
El derecho que tendrían los inquilinos se define como “la preferencia ofertiva global” y se trata de una problemática interpretación del “la preferencia ofertiva global”, incluida en la Ley de Arrendamientos de 1.999.
“Se pretende que en aquellos edificios no sujetos al Régimen de Propiedad Horizontal, no como condominios sino sencillamente ocupados gracias a un contrato de alquiler, el propietario perdería su libertad de venderlo sino someter la acción a la consideración de los ocupantes”.
De hecho, en el caso de que se arriende un inmueble, si el 60% de los inquilinos se muestra interesado en comprar el propietario quedará en la obligación de hacer efectiva la venta. Es más, si decide hacer una venta sin hacer caso a la norma, se ha creado la figura del “derecho de retracto”, que permite a los inquilinos sustituir al comprador del inmueble y asumir esa posición pagando el mismo precio.
A pesar de la existencia de elementos tan alarmantes, el jurista destaca como positivo la inclusión del procedimiento oral para todos los juicios inquilinarios que significa una ventaja porque permite agilizar los procesos judiciales de arrendamiento que hasta ahora resultan “larguísimos e interminables”.
Ante las críticas de proteccionismo para con los inquilinos que ha recibido la ley, ya lista para su segunda discusión en el seno de la Asamblea Nacional, Sosa manifiesta que toda desigualdad es mala y una legislación que proteja de forma excesiva a uno de los bandos resulta ineficiente.
“Toda ley debe conservar una ponderación Un equilibrio entre los derechos de cada una de las partes para que puede ser socialmente útil”.