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    HomeVenezuelaMORDAZA: Secuestrados por la DGCIM

    MORDAZA: Secuestrados por la DGCIM



    Los casos de Maury Carrero
    y Javier Vivas Santana

     

    Aún no está claro el motivo de su aprehensión, pero se especula que se debe a la publicación de una información acerca de una funcionaria “pornografica” adscrita a la Guarda Nacional Bolivariana. La vida de Javier Vivas Santana esta en peligro y desde ya debemos denunciar la posibilidad que sea torturado, incomunicado, silenciado, anulado…”

    [karma_by_kadar__simple_player title=”Quien defienda a Cabello y Maduro, es complice de la corrupción del gobierno…” src=”https://reportero24.com/wp-content/uploads/2020/05/Quien-defienda-a-Cabello-y-Maduro-es-complice-de-la-corrupción-del-gobierno.mp3″]

    AUDIO:

    Javier Vivas Santana no se aguantó. Ante últimos hechos donde casi pierde la vida un profesional del volante en Nueva Esparta, el columnista “Pescao Salao” y miembro de Marea Socialista y chavista confeso, fustigó al gobierno regional exigiéndole “que hable con la verdad…”.


    Esposa de Javier Vivas Santana solicita garantizar su tratamiento médico y traslado a zona de residencia. ¿Macanao, isla de Margarita, tomada por terroristas islámicos?

    Caracas.- A ambos la Dirección General de Contrainteligencia Militar les allanó su residencia sin orden judicial, para trasladarlos a la mazmorra de esa organización en Boleíta, para luego ser ubicados en medio de presos comunes. Carrero en el Inof y Vivas en El Rodeo III.

    El arresto del profesor Javier Vivas Santana por parte de funcionarios del DGCIM ocurrido el pasado 25 de Marzo en la Isla de Margarita, no estaría vinculado a las publicaciones de fotografías intimas pertenecientes a la funcionaria de la Guardia del Pueblo, Gingireth Moya Jaimes en donde aparecía desnuda junto a un Mayor de la GN o las críticas a la ex empleada de Conviasa Dubraska Padrón cuando atacó a Juan Guaidó al ingresar por Maiquetía luego de su gira por varios países. La verdadera razón de la detención habría sido supuestamente para acallar la denuncia que realizó Vivas Santana en diversos medios de comunicación digital, sobre la venta de dos millones de metros cuadrados de terrenos a miembros de las mafias árabes ubicadas en la Isla de Margarita, Península de Macanao y que serían usados por grupos terroristas islámicos que operan en la zona, para la construcción de túneles utilizados en actividades de narcotráfico que financian las actividades terroristas del grupo Hezbollah a nivel internacional.

    Los terrenos como indicó Vivas Santana, fueron ilegalmente expropiados a la fundación Rivero Vásquez entre otros y vendidos a una empresa fachada denominada Bilnfomce, C.A.

    Es importante para los servicios de inteligencia internacionales meterle la lupa al extenso territorio de la Península de Macanao, en donde los grupos terroristas islámicos tienen una fuerte presencia estableciendo su Cuartel General y Centro de Entrenamiento.

    Desde el año 2004 se han venido denunciando ante las autoridades del estado Nueva Esparta la construcción de túneles, en la Isla de Margarita, pero los tiempos han cambiado y la urgencia por las presiones internacionales y el riesgo de una posible intervención internacional, han hecho que los terroristas apuren el paso y hayan decidido intensificar las labores de construcción de infraestructuras militares muy sofisticadas.

    Es tiempo que el Comando Sur de los EEUU. permanezca alerta ya que en esa zona se podrían estar planificando la instalación de bases misilísticas y de otras armas estratégicas, para atacar objetivos estadounidenses y el de sus aliados. Esperemos esta situación en la Isla de margarita, no los tomen por sorpresa.

    Javier Vivas Santana destapó la olla y ahora paga con cárcel el haber desvelado este entramado , quizá sin proponérselo, los planes del terrorismo internacional en la Isla de Margarita de Venezuela.

    JAVIER ANTONIO VIVAS SANTANA; Abogado y profesor tachirense, domiciliado en el estado Nueva Esparta, fue secuestrado el pasado 25 de marzo en su residencia. «Dgcim me está llevando detenido», fue el mensaje que publicó antes de su detención en la red social Twitter, donde días antes había publicado mensajes y fotos sobre la situación interna de las Fuerzas Armadas, en particular sobre el caso de una oficial.

    En esa red por lo general enlazaba sus fecuentes artículos contra la dictadura publicados en el portal “Aporrea”, que acoge a la disidencia chavista. De Margarita fue trasladado a la sede de la DGCIM en Boleíta y la noche del pasado 15 de mayo fue recluido en el internado judicial Rodeo III, ubicado en Guatire, estado Miranda. La dictadura le imputa el delito de «instigación al odio social».

    Olys Velásquez de Vivas, mediante una carta pública señala que su esposo padece de epilepsia crónica severa, diagnosticada por el médico tratante y confronta dificultades para el suministro apropiado de sus medicamentos anticonvulsivos. Solicita “que lo trasladen al lugar de concurrencia de los hechos (que se le imputan) donde su familia reside, para que por lo menos se le pueda apoyar con el suministro de medicamentos, alimentación y otras necesidades de higiene personal y así como estar atentos de su estado de salud e integridad física.

    MAURY CAROLINA CARRERO MENDOZA; Contadora y profesora de catecismo, de 40 años, fue secuestrada por la DGCIM la madrugada del pasado 2 de abril. ¡Papá, no abras!, ¡auxilio!, ¡auxilio!”, gritó a las 4:30 de la mañana cuando más de quince hombres armados y enmascarados tumbaban la puerta de su apartamento en Prados del Este, luego de despertar a la conserje buscando a Luis Somaza”, director de atención al ciudadano de la Asamblea Nacional y colaborador cercano del presidente interino Juan Guaidó.

    Penetraron sin orden judicial y hasta se llevaron perfumes y joyas de mi cuarto, relata la madre de Maury, María Eugenia Mendoza de Carrero, quien recuerda que a las 6, 30 de la mañana se la llevaron con la promesa de regresarla en tres horas. Maury permaneció hasta el pasado jueves 14 de mayo en los sótanos de la DGCIM en Boleíta, fecha en que fue trasladada a la cárcel de mujeres de Los Teques, donde fue ubicada por el Foro Penal Venezolano. Carrero continúa totalmente aislada, sin recibir visitas y lo único que puede recibir son artículos de higiene personal.

    La dictadura de Nicolás Maduro la acusa de terrorismo, asociación para delinquir, ocultamiento de armas y explosivos y ocultamiento de menor cuantía de drogas.

    Esposa de Javier Vivas Santana:

    Olys Velásquez, esposa de Javier Vivas Santana, articulista de varios medios digitales e impresos, así como del portal Aporrea, envió una carta a nuestra redacción www.aporrea.org/ddhh/a290772.html desde La Asunción, Estado Nueva Esparta, con fecha 19-05-2020.

    En ella expone que JVS, quien ha sido recluido en El Rodeo III, tras casi mes y medio de detención en la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), padece de epilepsia crónica severa, diagnosticada por el médico tratante y confronta dificultades para el suministro apropiado de sus medicamentos anticonvulsivos. Esto le lleva, entre otras razones, a solicitar “que lo trasladen al lugar de concurrencia de los hechos (que se le imputan) donde su familia reside, para que por lo menos se le pueda apoyar con el suministro de medicamentos, alimentación y otras necesidades de higiene personal y así como estar atentos de su estado de salud e integridad física, a sabiendas que los tribunales en este momento, están atendiendo casos puntuales por la prórroga nacional de la cuarentena causada por el Covid-19”.

    JVS fue detenido a raíz de mensajes y fotografías relacionado con una mujer oficial de la FANB, que fueron divulgados en Twitter y que retuiteó con algunos comentarios propios. Como consecuencia fue llevado a la DGCIM en Caracas y casi mes y medio después ha sido trasladado al penal de El Rodeo III en el Estado Miranda, con acusación de “instigación al odio”. Desde entonces, su esposa y familiares, residentes en la isla de Margarita, y en medio de la cuarentena por el coronavirus, no han podido tener el debido contacto con el detenido y contribuir a proporcionarle sus medicamentos de la manera prescrita para su tratamiento a fin de evitarle las crisis convulsivas frecuentes que presenta y otros efectos de su trastorno epiléptico. Como agravante, JVS presenta una discapacidad visual por falta de visión en uno de sus ojos.

    Expone la esposa del prisionero que el “el día 16 de este mes, aproximadamente a las 9:20 AM recibí una llamada, por un período de más o menos tres (3) minutos… Era el Dr. Javier Vivas, para decirme que había sido trasladado desde el DGCIM–Boleíta-Norte al centro penitenciario Rodeo III, en la población de Guatire, Estado Miranda. A tal efecto me informa que le quedaba muy poco medicamento que toma por prescripción médica. Adicional a esto pregunta cómo está mi estado de ánimo y el de su hijo, muy preocupado como buen esposo, padre y principal apoyo como jefe de familia. Poco pude responder al momento cuando dijo: ‘me están indicando que tengo que cortar la llamada’, a tal efecto lo sentí con temor. Es decir; no tiene derecho a realizar una llamada con un tiempo prudencial donde se manifieste su inquietud”.

    Plantea la Sra. Olys Velásquez que debido a su epilepsia y ante la escasez o falta de medicamentos prescritos para su enfermedad, el Dr. Javier Vivas Santana “…en varias oportunidades, específicamente en estos últimos meses, mantenía un estado acelerado de ansiedad, colocándose al frente del ordenador de día y de noche y por largas horas, sin duda alguna por la falta de cumplir rigurosamente el tratamiento, ocasionada por lo costoso del mismo, asociada a la escasez de los medicamentos en la isla” (Margarita, Nueva Esparta).

    Sugiere la señora esposa del articulista privado de libertad, que pareciera no estarse somando en cuenta para su proceso judicial, que los problemas derivados de la irregularidad o ausencia de tratamiento contra la epilepsia severa, pudieron haberle ocasionado “debilidad en el funcionamiento del sistema nervioso, que le llevó cometer errores; por lo que especialistas en el área psicológica, psiquiatría, sociología y médicos especializados, pueden ofrecer una opinión técnica-científica de lo que estoy planteando”.

    Esto estaría señalando posibles omisiones importantes a considerar en el juicio de JVS, por no estar teniendo en cuenta las implicaciones de su condición médica, tanto para su comportamiento como para el fallo judicial y la aplicación de medidas en este caso. Se entiende que podrían estarse violando los derechos de una persona con discapacidad y falta de correcta medicación (producto de la carestía y escasez o falta de medicamentos antiepilépticos) y que además podría estarse poniendo más en riesgo su integridad física y psicológica por las condiciones de detención, deslocalizada de su zona de residencia y posibilidades de atención familiar.

    Se pregunta por el hecho de que habiendo sido su detención en el estado Nueva Esparta, y que los hechos ocurrieron en esta jurisdicción, lo hayan trasladado a los tribunales del Distrito Capital, lo que para su entender estaría contraviniendo el Artículo 59 del Código Orgánico Procesal Penal (1).

    A la esposa de JVS le inquietan una serie de hechos y circunstancias en el manejo del caso y se pregunta: “¿por qué faltando escasos tres (3) de los cuarenta y cinco (45) días para que se cumpliera la fase de investigación y conocer en la audiencia la causa real del delito que se le imputa, lo trasladan al Rodeo III, por lo cual habrá un retardo procesal por múltiples factores como la notificación del traslado del detenido a otro lugar de reclusión?”.

    La carta de Olys Velásquez apela a los criterios emitidos por el Comandante Hugo Chávez Frías en su “Golpe de Timón”, donde, entre otras cosas -dice la remitente- “hacía un llamado de reflexión a sus ministros sobre la importancia de la autocrítica, necesaria para rectificar y alimentar el alma en busca de pasos firmes y eficientes en la transformación y la construcción de una sociedad democrática justa y humanista, del estado social y de derecho, sin discriminación alguna”.

    En la carta, que indirectamente va dirigida a las autoridades nacionales y del sistema judicial del país, se refiere a lo que considera como otra violación de la que habría sido víctima JVS: “una evidente persecución laboral, profesional y humana, hasta el punto que hoy en día es personal contratado del Ministerio del Poder Popular para la Educación con suspensión del sueldo por más de un año y medio, sin respuesta de su solicitud que ha realizado del porqué de ese motivo”.

    La señora Velásquez dedica una parte de su texto a “hacer resaltar sus obras y trabajos humanísticos”, donde menciona la autoría de obras reconocidas internacionalmente como La Tesis Sobre la Regeneración del Pensar y las Texturas del Pensamiento. Menciona aspectos de su currículum profesional y social”.

    Concluye la carta con la “petición a los representantes del Ejecutivo Nacional, al Ministerio Publico, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, de hacer velar por el fiel cumplimiento de sus derechos humanos y civiles consagrados en la CRBV, garantizarle el suministro del medicamento que por estar recluido en el Rodeo III lejos de su residencia y familiares se dificulta conseguirlos y enviarlos al sitio. En ese cierre de su escrito dice que “es hora de reflexionar, rectificar y reimpulsar los valores humanistas, socialistas y democráticos, el entendimiento como ciudadanos y el sentido de pertenencia, por lo que somos, del pueblo. Venezuela es de TODOS”.

    Javier, por tu opinión y por tus denuncias se restringen tus derechos:


    La Asunción. Estado Nueva Esparta 19-05-2020


    Mi Dios, en estos momentos de meditación, recuerdo aquella alocución realizada por el expresidente Hugo Chávez (†), un 20 de Octubre de 2012 donde, entre otras cosas, hacia un llamado de reflexión a sus ministros sobre la importancia de la autocrítica, necesaria para rectificar y alimentar el alma en busca de pasos firmes y eficientes en la transformación y la construcción de una sociedad democrática justa y humanista, del estado social y de derecho, sin discriminación alguna.


    Para esta importantísima reflexión es imprescindible nombrar su libro “Golpe de Timón”, donde manifiesta el viraje, con aquellos cambios contundentes, ante lo que impide lograr la mayor suma de felicidad posible para su pueblo. Pongamos en praxis este legado en cada una de las tareas que a bien heredamos de la patria de Bolívar.


    Para estos tantos cambios de viraje que manifiesta el comandante, me surgen muchas interrogantes: ¿Quién tiene la verdad absoluta? ¿Quién tiene el derecho de juzgar? ¿Quién decide lo que es bueno o malo? ¿Será que has matado, has robado, eres delincuente? ¿Has ofendido a alguien sin querer? ¡No lo sé! Pero para esta preguntas es preciso señalar de quien dentro de su accionar no ha pensado cuánto daño y angustia se ha generado a personas, familias, estado o nación, como diría Jesús, quien esté libre de pecado que lance la primera piedra. Dios es misericordioso y justo; él me dará esa respuesta mediante la reflexión y la rectificación.


    En este accionar el día 16 de este mes, aproximadamente a las 9:20 AM recibí una llamada, por un período de más o menos tres (3) minutos… Era el Dr. Javier Vivas, para decirme que había sido trasladado desde el DGCIM–Boleíta-Norte al centro penitenciario Rodeo III, en la población de Guatire, Estado Miranda. A tal efecto me informa que le quedaba muy poco medicamento que toma por prescripción médica. Adicional a esto pregunta cómo está mi estado de ánimo y el de su hijo, muy preocupado como buen esposo, padre y principal apoyo como jefe de familia. Poco pude responder al momento cuando dijo: “me están indicando que tengo que cortar la llamada”, a tal efecto lo sentí con temor. Es decir no tiene derecho a realizar una llamada con un tiempo prudencial donde se manifieste su inquietud. ¡Dios qué dilema!


    A este caso, me pregunto por el hecho de que su detención fue realizada en el estado Nueva Esparta, y los hechos ocurrieron en esta jurisdicción. ¿Por qué su caso lo trasladan a los tribunales del Distrito Capital? Para mi entender, esto lo tipifica el artículo 59 del código procesal penal.


    Otra interrogante que me inquieta es: ¿por qué faltando escasos tres (3) de los cuarenta y cinco (45) días para que se cumpliera la fase de investigación y conocer en la audiencia la causa real del delito que se le imputa, lo trasladan al Rodeo III, por lo cual habrá un retardo procesal por múltiples factores como la notificación del traslado del detenido a otro lugar de reclusión?


    ¡Cuántas veces se violan de sus derechos humanos! En este caso, por su condición humanitaria, solicito la posibilidad que lo trasladen al lugar de ocurrencia de los hechos, donde su familia reside, para que por lo menos se le pueda apoyar con el suministro de medicamentos, alimentación y otras necesidades de higiene personal y así como estar atentos de su estado de salud e integridad física, a sabiendas que los tribunales en este momento, están atendiendo casos puntuales por la prórroga nacional de la cuarentena causada por el Covid-19.


    Es importante indicar que no pretendo justificar ni juzgar la opinión de proceso, pero si manifiesto que todos tenemos aceptación y rechazo de expresar libremente nuestros pensamientos e ideas asumiendo la responsabilidad de lo expuesto.


    Pero quiero recordar que el Dr. Javier Vivas sufre de epilepsia crónica severa diagnosticada por el médico tratante.


    Por tal motivo y en varias oportunidades, específicamente en estos últimos meses, mantenía un estado acelerado de ansiedad, colocándose al frente del ordenador de día y de noche y por largas horas, sin duda alguna por la falta de cumplir rigurosamente el tratamiento, ocasionada por lo costoso del mismo, asociado a la escasez de los medicamentos en la isla.


    Lo que pudo ocasionarle debilidad en el funcionamiento del sistema nervioso, que le llevó cometer errores; por lo que especialistas en el área psicológica, psiquiatría, sociología y médicos especializados, pueden ofrecer una opinión técnica-científica de lo que estoy planteando.


    Adicionalmente a esta patología el Dr. Vivas presenta discapacidad pública y notoria (nula visión por el ojo izquierdo), cuyo Diagnóstico puede ser corroborado en su historia médica ubicada en el Instituto de Previsión Social de Ministerio de Educación (IPAS-ME) del estado.


    Es preciso indicar otra violación a sus derechos del Dr. Javier Vivas Santana: ha sido víctima de una evidente persecución laboral, profesional y humana, hasta el punto que hoy en día es personal contratado del Ministerio del Poder Popular para la Educación con suspensión del sueldo por más de un año y medio, sin respuesta de su solicitud que ha realizado del porqué de ese motivo.


    Es importante hacer resaltar sus obras y trabajos humanísticos, en este caso no pretendo vaciar su currículo, pero es autor de obras como: La Tesis Sobre la Regeneración del Pensar y las Texturas del Pensamiento… Investigación que se distribuye en países como Alemania, Francia y Brasil, inclusive se encuentra en el inventario de libros científicos publicados en España durante 2017. Ha sido vigilante en el centro clínico Nueva Esparta, (hoy conocido como Dr. Manuel Antonio Narváez la Asunción).


    Sus conocidos y amistades saben de la experiencia y las grandes virtudes, que ha realizado para lograr alcanzar sus metas, como su trayectoria que ha practicado en el campo de la pedagogía social y condición humanística, tales como: desde el año 1995 hasta el 2003 donde ha ejercido su oficio en diversas instituciones educativas privadas.


    En los años (2005-2012) cumplió labores como Consejero, Vicepresidente y Presidente del extinto Consejo Estadal de Derechos del Niño y Adolescente de Nueva Esparta. Igualmente desempeñó funciones de Coordinador de Defensorías Educativas, con credenciales de participación como ponente del I Congreso Mundial sobre los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, Foro de la Fundación la Salle de Ciencias Naturales.


    El Dr. Vivas ha tenido reconocimientos por parte de la Universidad de Oriente, del Comando de Vigilancia Costera Nº 910 de la Guardia Nacional, certificados de participación en el II Encuentro Nacional de Investigadores para la transformación Educativa Venezolana, organizado por el Ministerio de Educación Universitaria. Carta de felicitación como Coordinador de eventos académicos de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA), dominio de los idiomas inglés, latín y francés incluyendo diplomas con honor al mérito avalados por otras universidades dedicado a buscar caminos que mejoren nuestra educación. Sin embargo, estos documentos no cuentan para optar por la titularidad, como dice el dicho nadie es profeta en su tierra.


    Nuevamente hago la petición a los representantes del Ejecutivo Nacional, al Ministerio Publico, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, de hacer velar por el fiel cumplimiento de sus derechos humanos y civiles consagrados en la CRBV, garantizarle el suministro del medicamento que por estar recluido en el rodeo III lejos de su residencia y familiares se dificulta conseguirlos y enviarlos al sitio.


    Es hora de reflexionar, rectificar y reimpulsar los valores humanistas, socialistas y democráticos, el entendimiento como ciudadanos y el sentido de pertenencia, por lo que somos, del pueblo. Venezuela es de TODOS.

    Atentamente

    Olys Velásquez


    Esposa de Javier Vivas Santana.

    (1).- COPP Artículo 59

    Código: Capítulo II De la Competencia por el Territorio

    Artículo 59. Competencias Subsidiarias
    Cuando no conste el lugar de la consumación del delito, o el de la realización del último acto dirigido a su comisión, o aquél donde haya cesado la continuidad o permanencia, el conocimiento de la causa corresponderá, según su orden, al tribunal:

    1.- Que ejerza la jurisdicción en el lugar donde se encuentren elementos que sirvan para la investigación del hecho y la identificación del autor.

    2.- De la residencia del primer investigado o investigada.

    3.- Que reciba la primera solicitud del Ministerio Público para fines de investigación.

    http://leyes.tuabogado.com/penal/index.php?option=com_content&view=article&id=608:copp-articulo-59&catid=147&Itemid=112

    *Javier Vivas Santana. Doctor en Educación, Magíster Scientiarum en Educación, Licenciado en Educación Integral e Investigador del Instituto Universitario de Tecnología del Mar (campus Margarita), adscrito a la Fundación La Salle de Ciencias Naturales.


    Por: Juan Carlos Núñez – Armando Paredes
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    Caracas, sabado 28 de marzo del 2020






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